05 mayo, 2008

VOZ "CARTULARIO". DEFINICIÓN BILINGÜE DE 1845

He aquí una definición de un diccionario enciclopédico español-frances del siglo XIX, que recoge las distintas acepciones de la voz Cartulario. Destaca por ofrecer una definición polisemántica distinta a otros diccionarios, incluso especializados en temas documentales.

"Chartulaire, s.m. Char-tu-lé-r. Cartulario; libro tercero, la colección de títulos y privilegios de una comunidad ó abadía. // Cartulario; el que presidía los juicios en lugar del papa y que guardaba los títulos y privilegios de la Iglesia. // Cartulario; miembro del clero que tenía cuidado de los títulos, codicilos, libros de cuenta y razón, y de los demas libros usados por los lectores y chantres."

(Fuente: DOMÍNGUEZ, Joaquín (dir.): Diccionario Universal Francés - Español, por una sociedad de profesores de ambas lenguas. Vol. I. Madrid: Imprenta de la Viuda de Jordán, 1845, p. 468).

Esta definición ofrece varias pistas sobre las que abundar en los análisis sobre nuestros cartularios:

a) "Libro Tercero", relacionable especialmente con la función jurídica de los cartularios; especialmente, de los Tumbos, donde recientemente Adriaan Keller ha reflexionado sobre esta función a partir de repasar los testimonios escritos en la Península Ibérica (A. KELLER: "El 'Becerro' vices gerens: con el ternero a la magistratura", en M.ª Val GONZÁLEZ DE LA PEÑA (ed.), Estudios en memoria del Profesor Dr. Carlos Sáez, Alcalá de Henares (Madrid): Universidad de Alcalá, 2007; pp. 439-465). Esta línea nos lleva a profundizar en las funciones de nuestros cartularios, sobre la frontera entre el mero códico, la función jurídica y administrativa, y la utilidad archivística de este instrumento, a la vez "catálogo" o "inventario" de un archivo, o "copia" o "archivo" de seguridad del mismo, como ha postulado el Prof. Carlos Sáez.

b) Orígenes y tradiciones que dan lugar a la confección de cartularios en la Edad Media. ¿Los cartularios aparecen simultáneamente en todo el Occidente medieval como producto de una institución o tradición documental concreta, especialmente pontificia? ¿Existe un solo punto creador a partir del cual se expande su compilación?, o, más bien, ¿el cartulario es un códice polifuncional producto de distintas tradiciones documentales y administrativas a partir del Derecho Romano clásico, que propicia usos y funciones de códices jurídicos, administrativos y archivísticos de forma paralela y que conocemos como "cartulario"?

c) Relación entre la compilación de un cartulario y la función documental de las instituciones eclesiásticas medievales indicadas en la definición.

En este sentido, no está demás recordar la indicación de F. Nabot y Tomás (un resumen en este blog) cuando menciona un testimonio altomedieval que habla de los Chartarum tomi. Y el análisis sobre la función archivística de los cartularios hecha por C. Mendo Carmona (2006).

Son variadas las líneas de investigación... ¿tantas como funciones de estos códices?

Madrid, 5 de mayo de 2008.

Alfonso Sánchez Mairena
Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos
Madrid

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